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Plan de Parentalidad

La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre el cuidado y los bienes de los hijos, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sean menores de edad y no se hayan emancipado.

Cuidado personal y régimen de comunicación

Cuando los padres no conviven, el cuidado de los hijos puede ser asumido por un progenitor o por ambos.
Si el cuidado personal es compartido, éste puede ser alternado o indistinto. En el cuidado alternado, los hijos pasan períodos de tiempo con cada uno de los padres, según la organización y posibilidades de la familia. En el indistinto, los hijos residen de manera principal en el domicilio de uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen de modo equitativo las labores atinentes a su cuidado.
A pedido de uno o ambos padres, mediante la gestión de un abogado, el Juez debe otorgar, como primera alternativa, el cuidado compartido de los hijos con la modalidad indistinta, excepto que ello no sea posible o resulte perjudicial para los niños.

Plan de parentalidad

Mediante el patrocinio letrado de un abogado, los padres pueden acordar o presentar individualmente a un Juez un plan de parentalidad relativo al cuidado de los hijos, que contenga:
a) lugar y tiempo en que el hijo permanece con cada parte;
b) responsabilidades que cada uno asume;
c) régimen de vacaciones, días festivos y otras fechas significativas para la familia; etc.

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Gral. Paz N° 2441 - Mar del Plata

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