La nueva ordenanza 12052 prevé la clasificación de las diferentes actividades económicas en cuatro tipos, de acuerdo con el grado de riesgo que significan sobre los bienes, los trabajadores, el público, el ambiente y/o la comunidad en general:
- De riesgo muy bajo -establecimientos de hasta 150 m2, sin depósitos, que puedan producir o potenciar daños menores o inocuos-;
- De riesgo bajo -más de 150 m2 y menos de 500 m2, sin depósitos-;
- De riesgo intermedio -más de 500 m2 que contengan depósitos de material combustible y/o que puedan producir o potenciar daños moderados-,
- De riesgo alto -los de actividades que generen o potencien daños significativos o graves-.
A partir de esa categorización se establecen los requisitos que deben cumplimentar los empresarios para poder comenzar a operar.
En caso de una actividad de muy bajo riesgo -como un quiosco o drugstore-, el proyecto prevé que el trámite de habilitación deba concluirse en un plazo menor de cinco días hábiles administrativos para la Municipalidad, previa presentación de la solicitud de habilitación con carácter de declaración jurada en la que describa las características del establecimiento, su superficie y la naturaleza de la actividad a desarrollar.
En el caso de las actividades cuyo ejercicio reviste riesgo bajo, la habilitación requiere de iguales requisitos que el anterior, y el plazo tope para la habilitación es de 15 días. Para las de riesgo intermedio, el plazo es de hasta 20 días y, en vez de la habilitación de Bomberos, se requiere la realización de un curso de seguridad e higiene impartido por profesionales del área.
En tanto, para aquellas actividades económicas que sí representen riesgo – tales como la venta de pirotecnia, agroquímicos o algunas industriales-, sí se debe tener la inspección y habilitación de Bomberos, el curso de higiene y seguridad y, en este caso, el plazo máximo para la otorgamiento del permiso es de 30 días.
Adjuntamos el link al sitio de uno de los concejales, donde se puede descargar la Ordenanza 12.052:
http://www.concejaldomina.com.ar/files/pdf/ordenanzas/Ord-12052.pdf