CERTIFICADO de EDIFICIO SEGURO

06 octubre 2011

Muy Importante

Obligatorio CERTIFICADO DE EDIFICIO SEGURO

DISPOSICIÓN Nº: 0411 - DGDYPC/11. Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1- ¿Quién debe realizar el Certificado de Edificio Seguro?
El Certificado de Edificio Seguro es de aplicación obligatoria para todos los inmuebles afectados al régimen de Propiedad Horizontal (Ley.13.512), que tengan más de una unidad de vivienda, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2- ¿Por qué es necesario obtener el Certificado?
El Certificado tiene como objetivo principal el de prevenir y subsanar los riesgos que pudieran ocasionar a los consorcistas o a terceros las condiciones en que se encuentra el inmueble. Como también atender a la conservación de las partes comunes, resguardando asimismo la seguridad de la estructura del edificio conforme lo dispuesto por las normas vigentes.

3- ¿Quién puede realizar la Inspección y Certificación?
Las tareas deberán ser ejecutadas por Profesionales de Seguridad e Higiene, debidamente contratos por el Administrador. No podrá contratarse a empresas que brinden servicios de provisión y/o mantenimiento de alguno de los servicios a controlar, o que estuvieren vinculadas a las mismas. Un Profesional no podrá realizar más de dos controles consecutivos en un mismo edificio.

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